Investigar en la Universidad en tiempos de la ANECA

En las últimas semanas, la inestabilidad y el malestar creciente en las universidades españolas ha tomado el foco, con huelgas por parte del profesorado en Sevilla, Málaga y Barcelona. En todas ellas el denominador común es la denuncia de una creciente precarización del profesorado, con un claro abuso de la figura del interino y la aspiración a diversos mecanismos más o menos claros de promoción laboral. También se denuncian los nuevos criterios y métodos de acreditación a las categorías funcionariales impuestos por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA).

Asamblea en el rectorado de Sevilla. Crédito: eldiario.es http://www.eldiario.es/andalucia/sevilla/colectivo-profesores-interinos-Universidad-Sevilla_0_646385776.html

Hace ya más de un año que se publicó el Real Decreto 415/2015, que regula las nuevas acreditaciones a profesor de Universidad. Pero no ha sido hasta hace unos meses cuando se han publicado los criterios, se han aprobado los tribunales y ha entrado plenamente en vigor el sistema de acreditaciones que establecía para las figuras funcionariales de profesorado: la de Profesor Titular de universidad y la de Catedrático. Además, estos criterios han sido tan sólo publicados en la página web, no vía BOE, poniendo en duda su legalidad. Estas nuevas normas reguladoras están dando mucho que hablar y amplios sectores de la universidad han expresado sus críticas, articulándose un movimiento de oposición al nuevo sistema de acreditación. La posibilidad de que el sistema vuelva a cambiar otra vez en un futuro cercano es muy patente, aunque no sabemos en qué sentido. Las nuevas acreditaciones están de hecho detenidas en estos momentos de nuevo, a la espera de nuevas modificaciones. No hay que olvidar que las universidades sostienen la mayor parte de la investigación pública que se realiza en España, por lo que este tema resulta de mucho interés para un gran número de profesionales que realizan su actividad en ellas y pretende continuarla de manera estable.

El sistema de profesorado en las universidades públicas españolas establece distintas categorías profesionales principales para las cuales se necesita la correspondiente acreditación, expedida tras previa evaluación por la ANECA. El programa PEP evalúa los CV para el acceso a las figuras de profesor universitario contratado (profesor Ayudante Doctor (PAD) y Profesor Contratado Doctor (PCD), el primero con contrato temporal y este último indefinido) y el programa ACADEMIA los evalúa para el acceso al cuerpo de funcionarios docentes (Profesor Titular y Catedrático de Universidad). Los criterios de este último programa son los que se regulan en el nuevo RD y se han publicado recientemente. La acreditación es necesaria para presentarse a cubrir el puesto, que se debe convocar normalmente bajo concurso público, pero huelga decir que ésta no implica necesariamente la consecución de una plaza, y hay mucha más gente acreditada que puestos. El sistema de acreditaciones o habilitación es usado también en otros países europeos, como Alemania, aunque la normativa es muy diferente en cada caso  y no es fácilmente comparable.

La antigua normativa (RD 1052/2002 y RD 1312/2007) permitió la acreditación de numerosos profesionales de dentro y fuera de la Universidad durante más de 10 años. Intentaba equilibrar criterios docentes con investigadores y de gestión, los tres pilares de la actividad universitaria en España. Y es que hay que recordar que éstas son las tareas de un profesor de universidad, por más que en la práctica solo se regule con claridad una, la tarea docente. En base a esta normativa, casi inalterada hasta ahora para las figuras contractuales, se acreditaron por el programa PEP, la que da acceso a la acreditación de hasta Profesor Contratado Doctor, un gran número de potenciales profesores (unas 43000 personas entre 2006 y 2014) con una tasa de éxito media de en torno al 60% para la figura de PCD, la superior en este programa. Para algunos, los criterios eran muy laxos y no muy equilibrados, puesto que permitían una rápida y fácil acreditación a un recién doctorado, si este había estado realizando su labor en la universidad. Los organismos evaluadores autonómicos, un tanto redundantes, no han hecho más que complicar la homogeneización y restarle credibilidad al sistema.

Para las figuras funcionariales, el mencionado decreto RD 415/2015 sustituye al RD 1312/2007, aunque durante un periodo de casi 2 años el sistema no admitió nuevas solicitudes y la acreditación con la nueva normativa está en pañales. Entre el 2008 y el 2014 (últimos datos publicados en la web de la ANECA), más de 9800 personas obtuvieron la acreditación a Profesor Titular, con una tasa de éxito media del 69%. El sistema de acreditación certifica que las personas con evaluación positiva cumplen con los requisitos mínimos para desempeñar la función determinada, pero no otorga derecho alguno para la perceptiva plaza. Así lo expresaba un informe de la ANECA del 2011: “El sistema de acreditación está concebido como un sistema de garantía del cumplimiento de mínimos que no quiere substituir el derecho de las universidades a elegir a su profesorado de acuerdo con sus intereses y necesidades”. De hecho, para los años 2008-2010 (últimos con datos) el mismo informe indica que: “Entre 2008 y septiembre de 2010 se acreditaron … 6520 para el cuerpo de titulares de universidad. … el 44% de los acreditados, tanto de TU como de CU ha conseguido una plaza de funcionario”.

La insatisfacción con el sistema de acreditación anterior era clara en muchos sectores y en el 2015 se dio un impulso al nuevo RD para, entre otras cosas, adecuar los criterios a la Universidad del siglo XXI, con más protagonismo investigador. En este sentido, la reforma del sistema de acreditación y sus criterios era probablemente necesaria. A la vez, no se nos escapa la coyuntura en la que se produjeron estos cambios, con un premeditado adelgazamiento del sistema público de investigación y un retraimiento o congelación de los empleos públicos ligados a la investigación y la docencia universitaria, con la famosa tasa 0% de reposición. Algunos han querido atribuir, no sin razones objetivas, una intencionalidad a la vista del endurecimiento de los criterios de evaluación y el gran salto con el sistema anterior. Se trataría de cortar el grifo de acceso al sistema por la vía de reducir las acreditaciones, puesto que algunos equipos rectorales habían prometido, por razones electoralistas y en un contexto expansivo, la dotación de plazas automática tras la acreditación. No es objeto de este artículo entrar al detalle en los nuevos criterios de evaluación y su idoneidad, y estos se pueden consultar en la web del programa. La conjunción de todos estos factores ha traído como consecuencia un desaguisado en el sistema universitario que trae más precariedad al personal docente e investigador, genera incertidumbre en la carrera investigadora universitaria y no favorece la adopción de unos criterios válidos compartidos que primen el mérito y la transparencia. En este sentido desde CCF queremos hacer varias consideraciones que ayuden al debate y la reflexión:

  1.   El sistema de acreditación debería servir, tal como ocurre en otros países, para marcar unos mínimos de calidad y formación en los futuros docentes e investigadores, uniformizando los méritos mínimos de partida en las personas que optan a una plaza pública determinada. Es lícito en este sentido usar los criterios de evaluación para intentar “subir el nivel” en cierta medida de los profesionales de nuestras universidades. Sin embargo, la acreditación no se puede utilizar para manipular el acceso al sistema de empleo público. No puede sustituir o confundirse con la selección, que es propia de los organismos convocantes de acuerdo a la normativa vigente y a criterios de mérito, adecuación y transparencia. Lo contrario nos parece un engaño y subversión del sistema.
  1.   La mayoría de la comunidad investigadora y universitaria parece estar de acuerdo en que el sistema y criterios establecidos en el nuevo RD no son buenos ni claros. De hecho, todavía existe una gran confusión al respecto. Es muy probable que no muy tarde el sistema vuelva a cambiar. Sería deseable la necesaria serenidad y reflexión para cambiarlo a mejor y no volver atrás sin más. Probablemente unos criterios más exigentes que los previos a 2015 y que reflejen la realidad actual de la actividad universitaria son deseables, pero sin caer en maximalismos absurdos que no responden a nuestra realidad y que solo nos pueden llevar a practicar nuestro deporte favorito: dotarnos de una norma absurda que deliberadamente no cumplimos.
  1.   No debemos caer en normativas que ignoran o no resuelven los grandes problemas que acarrea la universidad y que además generan problemas nuevos en el camino. La falta de plazas de profesor durante los años de crisis económica y el cierre temporal de las acreditaciones a titular ha creado una gran bolsa de acreditados a las figuras contractuales y personal contratado para el que no hay fácil solución; pero poner una barrera en la acreditación a titular tan solo ignora el problema, no lo resuelve. La estabilidad laboral de ese PDI necesita una respuesta justa y no es de recibo a estas alturas mantener a profesionales realizando su labor durante más de 10 años en la misma institución como personal laboral temporal (cuando no en formación). La precarización general del sistema de I+D ha hecho que una gran proporción del cuerpo profesional universitario llegue a estar formado en la actualidad por figuras contractuales que estaban pensadas para personal temporal que se iniciaba en la carrera universitaria (profesor asociado, PAD, etc.). Sin embargo, sería deseable que la solución a esta situación no recurra a atajos ad-hoc como la promoción automática, sin evaluación, que menoscabe el acceso en igualdad de condiciones del personal acreditado no contratado. El cambio tan brusco en los criterios de acreditación en un periodo de 2 años ha creado además un agravio comparativo entre quienes se acreditaron con anterioridad y quienes cumplen los requisitos establecidos hoy. No olvidemos que estos conviven realizando las mismas labores en las mismas condiciones, pero han accedido al puesto con una exigencia muy diferente. Se da la circunstancia de que las personas acreditadas de-novo son juzgadas en los tribunales que adjudican las plazas por personal con una preparación en ocasiones muy inferior, con el posible conflicto de intereses generado si ambas personas tuvieran que competir juntas para una plaza de categoría superior a posteriori.
  1.   El eterno conflicto entre docencia e investigación para las acreditaciones y procesos de selección en la Universidad nos parece estéril. Ambas capacidades son necesarias y exigidas por igual, pero en el mundo universitario actual cada vez es más difícil lidiar con la especificación y exigencia de la investigación y la carga docente de calidad. Este problema está siendo estudiado por expertos que han propuesto la formación de equipos universitarios en los departamentos donde haya personal dedicado preferentemente a la investigación y personal dedicado a la docencia que colaboren para un mismo fin y no compitan entre ellos bajo los mismos criterios, lo que requeriría seguramente acreditaciones específicas (Olaskoaga-Larrauriet al. Spanish University Reforms and Job Satisfaction. Educational Policy, 2017). Este es un camino poco explorado en España pero que creemos necesario.

Ante los previsibles y esperemos que positivos cambios que se avecinan, desde CCF queremos contribuir al debate proporcionando criterios y reflexiones que ayuden a delinear la carrera investigadora y docente en la Universidad que todos deseamos. De este modo pensamos que una carrera laboral en todos los OPIs, y especialmente en la Universidad pública, debe basarse en:

  1.   Criterios de acreditación claros y estables, que no se endurezcan de la noche a la mañana, y que permitan a los profesionales acreditados conocer y predecir su puntuación en función de la del resto de acreditados antes de presentarse a un concurso.
  2.   Máxima publicidad de cada concurso de personal convocado en la Universidades, en base a la creación de un registro único dotado de un sistema de alertas. Este registro podría quedar bajo el paraguas de la ANECA para garantizar el cruce de información con la base de datos nacional de acreditados.
  3.  Eliminar la sobre-perfilación de las plazas, que debe restringirse al área docente o investigadora (Historia Antigua, Anatomía Patológica, Física de la Materia Condensada, etc.) para fomentar el acceso en igualdad de condiciones, estimular la nuevas áreas de investigación  y respetar el principio de libertad investigadora que consagra la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
  4.   El principio constitucional ineludible de que los puestos de trabajo pagados con fondos públicos se adjudiquen exclusivamente en base a los principios de igualdad de oportunidades, mérito y capacidad entre todos los ciudadanos españoles y de la Unión Europea.

2 comentarios en «Investigar en la Universidad en tiempos de la ANECA»

  1. Como responsable de Universidad de FETE-UGT ( en aquellos tiempo, ahora estoy jubilado) participe en la Mesa Sectorial de Universidad en la mal llamada “negociación del RD de 2015”. Todos los sindicatos presentes estuvimos en contra de este RD (no se nos aceptó ninguna enmienda con un cierto contenido), puesto que no solucionaba ninguno de los problemas existentes, más bien los agravaba y de hecho aquí están los resultados. Los objetivos básicos de un sistema de evaluación son: Transparencia, objetividad y capacidad de autoevaluación. ¡El RD no parecía presentar ninguno de estos!
    Si se lee el preámbulo del RD, se puede comprobar que toda la normativa desarrollada, no sirve para cumplir los objetivos que se indican en el preámbulo y esto no solo lo dijimos desde FETE-UGT (se pueden mirar nuestras intervenciones y nuestras aportaciones) sino que también lo dijo el Consejo de Estado en su informe preceptivo.
    Creo que se debería anular el RD, para que sin ningún tipo de problemas, se pudiera hablar extensamente sobre la acreditación:
    ¿Necesaria o no? (crea expectativas a los acreditados que no se cumplen, incluso aparecen en las presentaciones de profesorado la nueva denominación de “Catedrática Acreditado”.
    ¿La mayoría de Agencias de nuestro entorno evalúan profesorado? Posiblemente veríamos que la mayoría solo evalúan titulaciones, facultades y universidades
    ¿Todas las Universidades españolas son iguales? ¿Es normal por lo tanto que el perfil de salida de todos los candidatos a profesor sea el mismo? Creo que no en los dos casos
    ¿ No sería necesario definir la carrera profesional del profesorado con promociones internas tanto horizontal como vertical? Creo que sí y simplemente sería necesario desarrollar el Estatuto del PDI
    ¿Existen colectivos similares al PDI universitario con promoción interna? Sí, los investigadores que se rigen por la ley de la Ciencia.
    Y posiblemente muchas otras preguntas…….

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