En relación al cambio en las condiciones contractuales de los investigadores
La salida a la luz de este cambio no consensuado y poco claro en la codificación de los contratos predoctorales, nos ha llevado al escrutinio de los contratos de otros investigadores en los organismos públicos de investigación, en especial las Universidades. Hemos podido constatar que el modelo contractual de la seguridad social 420 (contrato en prácticas a tiempo completo) es usado por muchas universidades, al menos desde 2015, no solamente para los investigadores predoctorales, sino para una gran mayoría de investigadores contratados bajo varias figuras de contratos obtenidos por concurrencia competitiva (Juan de la Cierva, Ramón y Cajal, Contratos de acceso al sistema de investigación, programa Andaluz Talentia y Talent Hub, al menos). En estos contratos o vida laboral de estos investigadores no aparece subcódigo especial alguno. Este hecho ha sido denunciado además por el sindicato CCOO.
A la luz de este dato, nos resulta poco creíble que el cambio de 401 (Obra y servicio) a 420 (en prácticas), se haya producido por adecuar los nuevos contratos predoctorales a los que hace referencia la Ley de la Ciencia, Tecnología e Innovación (14/2011) a una figura ya existente. Parece obvio que la figura existente más adecuada para un Ramón y Cajal, Juan de la Cierva u otras figuras semejantes sería la de Obra y Servicio. Máxime cuando se trata de doctores, que, evidentemente, no están en formación. La consideración de estos investigadores como “en prácticas” no se sostiene. Nos preguntamos cuál ha sido la razón real de este arreglo chapucero “a la baja”.
Nos parece muy grave que precisamente los investigadores que han obtenido un contrato competitivo de los tantas veces llamados “de excelencia” (becas FPI, FPU, Juan de la Cierva, Ramón y Cajal, etc.) se vean abocados a esta consideración por parte de las instituciones empleadoras. Hemos comprobado que los contratos con cargo a proyecto suelen llevar el código 401 de “Obra y Servicio”, mientras que investigadores que han obtenido un Ramón y Cajal en la Universidad, después de un doctorado y una estancia postdoctoral en el extranjero prolongada, que gestionan proyectos y dirigen tesis doctorales, son asimilados a trabajadores en prácticas (código 420). Nos parece obsceno a todas luces. Sean las repercusiones laborales las que sean, esto refleja, una vez más, la desidia y el desprecio de las instituciones ante la carrera investigadora en España.
Por todo ello pedimos que los OPIs, las Universidades y los ministerios implicados dejen de pasarse la pelota, rectifiquen este desaguisado y tomen en serio a los investigadores, profesionales que son el motor de la I+D+i en España, estableciendo tipologías de contrato adecuadas al desempeño real de sus funciones. Esperamos que los últimos comunicados aparecidos al respecto y la intención de impulsar la mencionada comisión mixta sirva para conseguir a la larga la investigación de calidad que todos queremos.
Estaria bien que de vez en cuando los investigadores de este pais se acordaran tambien de Técnicos y Personal de apoyo, imprescindibles para el buen desarrollo del trabajo cientifico y despreciados sistematicamente, tanto por la administración como por sus empleadores.
Los investigadores no hacen más que mirar a Europa par constatar su situación, no estaría de más que también lo hicieran para ver la situación de este colectivo y la consideración que tienen en esos mismos paises.
Un saludo